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IEPCT exonera a Sánchez Cabrales

El Consejo Estatal determinó por unanimidad que no hay pruebas que acrediten el uso indebido de recursos públicos ni violaciones a la equidad en la contienda por parte del secretario de Movilidad.

Estados | 10/06/2026| 08:15| Actualizada 10/06/2026 09:10

El Consejo Estatal del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco (IEPCT) determinó, de manera oficial, que no existen elementos jurídicos ni operativos para acreditar las presuntas infracciones electorales atribuidas al secretario de Movilidad, Rafael Elías Sánchez Cabrales.

Tras el análisis exhaustivo de las acusaciones, el órgano electoral local desestimó los señalamientos que pesaban sobre el funcionario público, cerrando de esta forma una de las controversias recientes en el escenario político del estado.

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Durante el desarrollo de una sesión extraordinaria, los consejeros electorales aprobaron por unanimidad la resolución correspondiente al expediente PES/014/2026. Con este fallo, la autoridad electoral declaró formalmente inexistentes las supuestas violaciones a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda que se le imputaban a Sánchez Cabrales, liberándolo de las responsabilidades que demandaban los denunciantes.

De acuerdo con lo expuesto en el pleno del instituto, las pruebas presentadas a lo largo del procedimiento resultaron insuficientes para demostrar una infracción a la normativa vigente. Asimismo, el cuerpo de consejeros subrayó que no se logró comprobar de manera objetiva el desvío o uso ilícito de recursos públicos, concluyendo de forma definitiva que las acusaciones no pudieron ser respaldadas con evidencias contundentes dentro del marco legal.

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