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Ordena Tribunal al IEPCT registrar candidatos a diputados plurinominales del PAN

El Tribunal Electoral de Tabasco (TET) afirmó que el Partido Acción Nacional (PAN), tiene derecho a contar con candidatos a diputados plurinominales, por lo que revocó el acuerdo CE/2024/043 del Consejo Estatal del IEPCT, que rechazó la lista completa de abanderados panistas a legisladores de representación proporcional, porque incumplía con una fórmula completa de personas LGBTTTIQ+.


Al resolver el Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales, expediente TET-JDC-018/2024-I y acumulados, presentado por los panistas, dictaminó que el IEPCT interpretó erróneamente el artículo 186, párrafo 6 de la Ley Electoral, la cual prevé la negativa del registro de las candidaturas que no cumplan con el principio de homogeneidad, “pero no de la totalidad del listado”.


El órgano jurisdiccional determinó el Consejo Estatal del Instituto debió concretarse a negar el registro de la candidatura suplente en la fórmula 3, por incumplir con el principio de homogeneidad, e inscribir a la propietaria, así como de las restantes fórmulas de la lista, para dar efectividad al principio de paridad de género y armonizarlo con las acciones afirmativas de la diversidad sexual e indígenas propuestas en el referido lugar 3 y en el número 7 de la lista, en su orden.


El Tribunal Electoral de Tabasco, declaró parcialmente fundados los agravios de los panistas, pues no fue correcta la actuación del Instituto; ello, porque no existe una afectación a los principios de igualdad y no discriminación, ya que la falta de homogeneidad respecto de la fórmula número 3 ̶ integrada por una mujer como propietaria, y una persona no binaria como suplente ̶ fue generada por el partido político actor a partir de su incumplimiento, al no atender los requerimientos que el Consejo Estatal realizó oportunamente.


El acuerdo del IEPCT “no está debidamente fundado ni motivado, y se aparta del principio de legalidad, porque no existe fundamento legal para haber negado el registro de toda la lista, aunado a que también inobservó el procedimiento previsto en los Lineamientos para la paridad y acciones afirmativas”.

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