Negocios

Ilegal entregar Constancia de Situación Fiscal a negocios para la emisión de facturas

Todos los negocios, sin excepción, tienen la obligación de expedir facturas al momento de la compra, sin tener que entregarles ninguna constancia de situación fiscal, sino solo basta proporcionar el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), nombre o razón social y código postal del domicilio fiscal.


Así lo aseguró el Administrador del Servicio del Contribuyente del SAT, David Francisco Correa Villamayor, al exponer que de le lo contrario, el negocio incurriría en una práctica fiscal indebida y se le denunciar ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).


También es práctica fiscal ilegal el que los negocios le trasladen la obligación al cliente de generar por si mismo la factura en páginas de internet de esa empresa.


Explicó que son “prácticas fiscales indebidas” el condicionar la expedición de facturas a la exhibición de la Cédula de Identificación Fiscal o Constancia de Situación Fiscal, puesto que ese documento tiene información sensible como el domicilio del contribuyen que son datos personales que deben estar protegidos.


Afirmó que el pasado 18 de octubre, quedaron establecidas esas medidas mediante la Séptima Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF).


“El contribuyente que solicite una factura solo está obligado a proporcionar verbalmente o por escrito la clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), nombre o razón social, código postal del domicilio fiscal y el uso fiscal que le dará al CDFI o comprobante, como gastos en general o adquisición de mercancías, mencionó Correa Villamayor.


A través de la factura, las personas físicas y morales comprueban ante el SAT la existencia de sus operaciones, ya que este documento contiene, entre otros, la descripción del bien adquirido o servicio prestado, la fecha de transacción, el costo y los impuestos correspondientes.


El Código Fiscal de la Federación establece que la factura debe emitirse en el momento en que se realiza la transacción en archivo electrónico y cuando el cliente lo requiera se entregará su representación impresa, por lo que también es una práctica fiscal indebida que se solicite al contribuyente ingresar a sitios web para que capture sus datos de identificación para generar el comprobante fiscal.


El Administrador del Servicio del Contribuyente del SAT insistió que los consumidores “no están obligados a mostrar, exhibir o entregar la Constancia de Situación Fiscal al momento de solicitar la factura en cualquier establecimiento”.

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