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Canadá se suma a EU en un panel contra México por maíz transgénico

Canadá ha anunciado su participación como tercero en el panel de resolución de disputas iniciado por Estados Unidos dentro del marco del TMEC (Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá) sobre la prohibición por parte de México del uso de maíz transgénico en la producción de tortillas y pastas.

Los Ministros de Promoción de Exportaciones, Comercio Internacional y Desarrollo Económico, Mary Ng, y de Agricultura y Agroalimentación, Lawrence MacAulay, han señalado que Canadá comparte la preocupación de Estados Unidos en relación a la posibilidad de que México no esté cumpliendo con sus compromisos científicos y de análisis de riesgos bajo el Capítulo de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias del TMEC.

A través de un comunicado, han expresado que, desde la perspectiva de Canadá, las medidas adoptadas por México carecen de fundamentos científicos y pueden provocar perturbaciones innecesarias en el comercio dentro del mercado norteamericano.

En conformidad con el artículo 31.14 del TMEC, el Gobierno de Canadá ha notificado su intención de unirse al panel iniciado por Estados Unidos el 17 de agosto, en relación con ciertas medidas mexicanas vinculadas al uso de maíz transgénico.

El 13 de febrero, México emitió un decreto que prohíbe el uso de maíz genéticamente modificado en la producción de tortillas y productos similares, con la intención de ir gradualmente reemplazando el uso de maíz biotecnológico en alimentos tanto para humanos como para animales.

En su declaración, los Ministros canadienses enfatizaron el compromiso de Canadá con la estabilidad y la resiliencia de los agricultores y el sector agrícola en el futuro.

La notificación subrayó que el comercio agrícola entre los tres países del TMEC es sustancial, y Canadá desempeña un papel relevante como productor y exportador de productos agrícolas, incluyendo los biotecnológicos, hacia Estados Unidos y México.

En términos de los intereses de Canadá, se destaca su fuerte y sistémico interés en garantizar una interpretación precisa de las obligaciones sanitarias y fitosanitarias del TMEC, lo cual implica que las medidas en este ámbito deben estar fundamentadas en principios, normativas, pautas o recomendaciones científicas internacionales pertinentes, así como en evaluaciones de riesgos adecuadas.

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