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1 de octubre: ¿Para quiénes aplica este día feriado y qué se celebra?

Decreto presidencial establece nuevo día de descanso obligatorio cada seis años

El martes 1 de octubre será un día de asueto obligatorio en México, en coincidencia con la toma de posesión de la virtual presidenta electa, Claudia Sheinbaum. Esta medida, instaurada por decreto presidencial, establece que cada seis años, el 1 de octubre será un día de descanso obligatorio para los servidores públicos federales, marcando la transmisión del Poder Ejecutivo Federal.

El presidente Andrés Manuel López Obrador oficializó esta disposición mediante su publicación en el Diario Oficial de la Federación. El decreto establece que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal deben observar los siguientes días de descanso obligatorio:

  • 1 de enero
  • El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero
  • El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo
  • 1 de mayo
  • 5 de mayo
  • 16 de septiembre
  • 1 de octubre de cada seis años por la transmisión del Poder Ejecutivo Federal
  • El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre
  • 25 de diciembre

La reforma al artículo 83 constitucional, vigente desde el 1 de diciembre de 2018, estipula que el presidente de México asumirá el cargo el 1 de octubre del año correspondiente. Esta modificación, publicada en el Diario Oficial el 10 de febrero de 2014, establece una nueva dinámica política que se aplicará por primera vez el 1 de octubre de 2024, cuando Claudia Sheinbaum asuma la presidencia.

El decreto del 12 de julio reforma el Artículo Segundo del decreto original de 1993 y su modificación de 2006, ajustando el calendario oficial de días de descanso obligatorio para alinearse con la nueva fecha de asunción del cargo presidencial. Este cambio permitirá que el 1 de octubre de 2024 sea el primer día de asueto obligatorio bajo esta nueva disposición, coincidiendo con la histórica toma de posesión de Claudia Sheinbaum como la primera mujer en portar la Banda Presidencial en México.

Es importante destacar que este descanso obligatorio se limita a los servidores públicos federales. Empleados de otros sectores públicos y de la iniciativa privada no estarán sujetos a esta disposición y deberán seguir los calendarios de descanso estipulados por sus respectivos empleadores y las normativas laborales que los rigen.

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