Grooming: enemigo al acecho de menores
La Policía Cibernética intensifica el ciberpatrullaje ante el alarmante repunte de engaños a infantes en redes sociales; la prevención familiar es la principal defensa.

El grooming —el acoso sexual de un adulto hacia un menor de edad mediante perfiles falsos en plataformas digitales— se ha consolidado como una de las amenazas más silenciosas y peligrosas para la niñez tabasqueña.
Por ello, la Unidad de Investigación de Delitos Informáticos (UIDI) de la Fiscalía General del Estado (FGE), ha emitido un enérgico llamado a los padres de familia para que implementen una supervisión activa, ya que los agresores emplean técnicas avanzadas de manipulación psicológica, ganándose la confianza de sus víctimas a través de videojuegos en línea y redes sociales antes de solicitar material con contenido sexual.
De acuerdo con los registros oficiales de la Policía Cibernética de Tabasco, durante 2024 se detectaron 42 casos relacionados con esta modalidad de acoso, cifra que desafortunadamente se elevó a 58 casos documentados al cierre de 2025.
Dentro de los datos obtenidos por Diario El Momento, en lo que va de 2026 la tendencia no cede, al sumar ya 24 investigaciones abiertas, lo que refleja la urgente necesidad de cerrar filas desde el entorno familiar y escolar para frenar la vulnerabilidad de los menores en internet.
Es importante mencionar que, a través de trípticos informativos, la Fiscalía del Estado ha iniciado una intensa campaña de orientación educativa para que padres de familia, profesores y menores de edad conozcan cuáles son los signos de alerta ante la posibilidad de un caso de grooming.
Asimismo, especialistas de la corporación explican que este delito, castigado penalmente en Tabasco, se desarrolla en fases difíciles de percibir a simple vista.
Los delincuentes suelen crear identidades falsas simulando ser menores de la misma edad que la víctima; comparten gustos similares y escalan de manera paulatina hacia un aislamiento emocional del niño, exigiéndole guardar el “secreto” de su amistad digital. La desconexión y la falta de comunicación entre padres e hijos facilitan que el menor caiga en redes de extorsión sin notar el peligro inminente.
Por ello, la Policía Cibernética exhorta a la población a restringir el uso de perfiles públicos en los dispositivos de los menores, activar controles parentales estrictos y, sobre todo, fomentar las denuncias inmediatas ante cualquier interacción sospechosa a través del correo oficial de la UIDI o directamente en las oficinas de la Fiscalía, impidiendo así que el anonimato en internet siga cobrando víctimas en el estado.
Caja de datos
La Policía Cibernética de Tabasco recomienda vigilar los siguientes focos rojos en los menores:
- El menor muestra un aislamiento repentino de su círculo familiar o escolar, irritabilidad injustificada o ansiedad extrema cuando se aleja de sus dispositivos electrónicos.
- El infante pasa horas conectado durante la noche, cambia rápidamente de aplicación o esconde el teléfono celular o la tableta cuando un adulto se acerca.
- Aparición de recargas telefónicas no autorizadas, dinero digital para videojuegos (skins o monedas virtuales) o paquetes físicos enviados por supuestos “amigos de internet”.
- Uso repentino de contraseñas nuevas y restrictivas en sus dispositivos, o sospecha de que maneja cuentas y perfiles secundarios ocultos en plataformas digitales.
Segunda caja de datos
Delito de Ciberacoso Sexual (Grooming Directo)
Cuando una persona, utilizando medios de telecomunicación o tecnologías de la información, asedia o acosa con fines lascivos o sexuales a otra persona, la pena base es:
- Prisión: de 3 a 7 años de cárcel.
- Multa económica: de 400 a 1,000 días multa.
Agravante por minoría de edad: si la víctima es menor de edad, la ley establece que la sanción se incrementará desde una tercera parte en su mínima hasta dos terceras partes en su máxima, por lo que la pena puede superar los 11 años de prisión.
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Delitos contra la Intimidad Sexual (Ley Olimpia en Tabasco)
Si el acoso digital o engaño deriva en la obtención, difusión o intercambio de imágenes, audios o videos de contenido íntimo sexual sin el consentimiento de la víctima —lo que suele ocurrir como consecuencia del grooming—, se sanciona bajo las figuras de Violación a la Intimidad Sexual:
- Prisión: de 3 a 6 años de cárcel.
- Multa económica: de 500 a 1,000 días multa.
- Aumento de pena: la sanción aumenta hasta en una mitad más (pudiendo llegar a los 9 años de cárcel) si el agresor aprovecha una relación de confianza, es familiar de la víctima o si esta se encuentra en situación de vulnerabilidad o es menor de edad y no puede comprender el significado del hecho.
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